¿Tu vuelo internacional tiene conexión en Estados Unidos? ¿Sabía que en este caso necesitas una documentación específica para conseguir llevar a cabo esta conexión? Estamos hablando de la Visa de tránsito.
De acuerdo con las normas norteamericanas, sólo podrá hacer conexión en los Estados Unidos aquel pasajero que cuente con la visa de tránsito, también llamada Visa C-1. Esto se debe a que el aeropuerto es considerado área internacional, no neutra; por lo tanto, los pasajeros necesitan una visa de tránsito para estar allí.
Para solicita una visa de tránsito, deberas demostrar:
- Que solo estarás en EEUU durante el tiempo de la conexión.
- El boleto o evidencia de que efectivamene viajarás hacia tu destino.
- Fondos suficientes para solventar el propósito de tu viaje.
- Permiso para ingresar al otro país luego de sali de EEUU.
El procedimiento es básicamente el mismo que para solicitar un visado de turista:
- Completar el formulario DS-160 de requerimiento de visa para los Estados Unidos disponible en ceac.state.gov
- Pagar el costo de la solicitud de visa. Éste puede realizarse con tarjeta de crédito a través del sitio web, directamente con el call center de la embajada o imprimiendo el recibo para pagar en el banco. Desde Abril del 2012, el valor de esta solicitud es de $160 USD.
- Agendar la entrevista con la embajada.
- Presentar el pasaporte válido, con foto reciente de 5x5cm y fondo blanco, el boleto aéreo y la documentación que compruebe la solvencia económica, bienes y un vínculo laboral.
Con este visado de tránsito no podrás permanecer en los Estados Unidos, y en muchas ocasiones, ni siquiera podrás salir del aeropuerto. Todos los pasajeros que paran en los Estados Unidos durante el viaje deben tener el visado de tránsito; incluso los bebés.